El tutor está obligado a velar por el tutelado y, en particular:
1.º A velar por él y a procurarle alimentos.
2.º A educar al menor y procurarle una formación integral.
3.º A promover su mejor inserción en la sociedad.
4.º A administrar el patrimonio del menor con la diligencia debida.
5.º A informar a la autoridad judicial anualmente sobre la situación del menor y a rendirle cuenta anual de su administración.
6.º A oír al menor antes de adoptar decisiones que le afecten.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.