Sólo el propietario de un predio u otra persona con su licencia puede investigar en él aguas subterráneas.
La investigación de aguas subterráneas en terrenos de dominio público sólo puede hacerse con licencia administrativa.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.