El testador podrá gravar con mandas y legados no sólo a su heredero, sino también a los legatarios.
Éstos no estarán obligados a responder del gravamen sino hasta donde alcance el valor del legado.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.