Artículo 35. Métodos de evaluación de los efectos nocivos del ruido.
Redacción vigente desde el 24/03/2025
Los efectos nocivos del ruido sobre la población se podrán evaluar de acuerdo con las relaciones dosis-efecto a las que se hace referencia en el Anexo III del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta