Artículo 297. Competencia para el otorgamiento de las licencias urbanísticas.
Redacción vigente desde el 22/12/2022
La competencia para otorgar las licencias urbanísticas corresponde al órgano municipal que determine la legislación y normativa de aplicación en materia de régimen local.
Texto consolidado de carácter informativo del servicio de Textos Consolidados de la sede del BOJA (Junta de Andalucía). Ver en la Junta