1. Las faltas disciplinarias podrán ser leves, graves y muy graves.
2. Las faltas leves prescribirán al mes; las graves, al año y las muy graves, a los tres años.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.