Disposición transitoria cuarta. Integración del personal de la Escala Básica.
Redacción vigente desde el 07/08/2020
El personal de los Cuerpos de la Policía del País Vasco que haya obtenido u obtenga el nombramiento de la categoría de agente de la Escala Básica de la Ertzaintza y de los Cuerpos de Policía local en procedimientos de ingreso establecidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2019, de 27 de junio, de quinta modificación de la Ley de Policía del País Vasco, se integra a todos los efectos en las nuevas categorías y grupos de clasificación previstos en esta ley mediante la acreditación de la equivalencia establecida en la Orden EDU/3497/2011, de 13 de diciembre (BOE 26 de diciembre), por la que se establece la equivalencia de agente de la Escala Básica de la Ertzaintza y de los Cuerpos de Policía local de la Comunidad Autónoma del País Vasco al título de técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).