Disposición transitoria octava. Integración de alguaciles en los Cuerpos de Policía local.
Redacción vigente desde el 07/08/2020
Los y las alguaciles que, al tiempo de crearse el Cuerpo de Policía local, se encontrasen prestando servicios en el ayuntamiento, se integrarán en el Cuerpo de Policía local mediante la superación de un concurso restringido con dispensa de los requisitos de edad y estatura y la superación del curso que se establezca por la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
Quienes no superasen el procedimiento para su integración en el nuevo Cuerpo de Policía local seguirán desempeñando las funciones que vinieran realizando en sus puestos a extinguir.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).