Las autoridades competentes para imponer sanciones por infracciones previstas por la presente ley serán:
a) La Directora o Director de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer para la imposición de sanciones por infracciones leves.
b) El Consejo de Gobierno para la imposición de sanciones por infracciones graves y muy graves.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.