Artículo 22. Derechos y deberes en el ámbito cultural.
Redacción vigente desde el 09/08/2006
1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a la cultura y al desarrollo de sus capacidades creativas individuales y colectivas.
2. Todas las personas tienen el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE