Uno. El patrimonio de la Comunidad Autónoma estará integrado por:
Primero.- El patrimonio de la Junta de Comunidades en el momento de aprobarse el Estatuto.
Segundo.- Los bienes afectos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma.
Tercero.- Los bienes adquiridos por la Junta de Comunidades por cualquier título jurídico válido.
Dos. El régimen jurídico del Patrimonio, su administración, defensa y conservación serán regulados por una ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, en el marco de la legislación básica del Estado.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.