1. La ciudad de Melilla podrá elaborar y remitir al Gobierno cualesquiera informes, estudios o propuestas relativos a la gestión de empresas públicas y entidades autónomas dependientes del Estado e implantadas en Melilla o a su incidencia en la socioeconomía de la Ciudad. Dichos informes, estudios o propuestas darán lugar a la resolución motivada del Gobierno o de los organismos o entidades titulares de la participación de las empresas.
2. La ciudad de Melilla ejercerá las demás facultades que la legislación del Estado pueda atribuirle en relación con tales empresas y entidades.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE