Artículo 14. Acceso por los ciudadanos a los servicios de telecomunicaciones.
Redacción vigente desde el 14/06/2006
El Ayuntamiento de Barcelona fomentará que los ciudadanos puedan disponer de servicios de telecomunicaciones de calidad, que permitan la prestación de servicios avanzados e interactivos, con capacidad de adaptación a la evolución de las tecnologías y prestados en régimen de competencia. Con este fin promoverá que los cables, equipos e instalaciones que sean necesarios para su prestación puedan llegar a los domicilios en las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.