Artículo 36. Participación de órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y entidades públicas dependientes.
Redacción vigente desde el 12/03/2011
La protección civil concierne a todos los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma y entidades públicas vinculadas a la Comunidad Autónoma, por tanto, en sus respectivos ámbitos de competencias, corresponde a cada uno de ellos:
a) Facilitar documentación que favorezca el análisis de riesgos de protección civil, colaborar en la elaboración de los mapas de riesgo y realizar funciones de prevención de riesgos susceptibles de generar emergencias de protección civil.
b) Colaborar en la implantación de los planes de protección civil, integrar en los mismos los recursos y servicios propios y favorecer ejercicios y simulacros.
c) Asistir técnicamente por demanda del Centro de Coordinación Operativa en caso de riesgo, siniestro o catástrofe.
d) Colaborar en las acciones de valoración en caso de emergencia o catástrofe y transmitir información sobre estado de la cuestión y evolución al departamento de protección civil del Gobierno de La Rioja.
e) Disponer y efectuar coordinadamente acciones y medidas para la recuperación de la normalidad tras una situación de emergencia o catástrofe.
f) Colaborar en la elaboración de los procedimientos operativos, favoreciendo acciones que mejoren la simplificación en la movilización y la actuación, y la eficacia en la respuesta.
g) Facilitar los datos que procedan para la elaboración y revisiones del catálogo de medios, recursos y responsables.
h) Elaborar, implantar y mantener operativos los planes de autoprotección en los establecimientos y actividades que procedan.
i) Ejercer las funciones que le son propias e impulsar las que correspondan a otras Administraciones públicas o al sector privado.
j) Tomar las medidas necesarias para asegurar la difusión de los planes de protección civil entre los propios servicios y garantizar el suficiente conocimiento de su contenido por parte de los responsables y personal que ha de intervenir en su aplicación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.