La coordinación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado con los servicios a los que se refiere esta ley se hará respetando en todo caso las normas específicas que regulan la organización y actuación de aquellas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE