Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Ley y se regirán por su normativa propia:
a) La fauna silvestre y su aprovechamiento.
b) Las pruebas funcionales y entrenamientos a puerta cerrada con reses de lidia, los espectáculos y festejos debidamente autorizados con este tipo de animales y las clases prácticas con reses celebradas por escuelas taurinas autorizadas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).