El Consejo de Gobierno podrá acordar la constitución de Comisiones Delegadas del mismo, integradas por los miembros del Consejo de Gobierno que determine la norma de creación que, asimismo, fijará sus competencias y régimen de funcionamiento.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE