Las hojas de reclamaciones que los titulares de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos están obligados a tener a disposición del público y de los servicios de inspección serán las reguladas en la legislación de defensa y protección del consumidor.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).