Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, salvo su artículo 6, que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2017.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.