Los bienes inmuebles que por su interés para la Comunidad Autónoma sean objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se clasificarán con arreglo a la siguiente tipología:
a) Monumentos.
b) Conjuntos Históricos.
c) Jardines Históricos.
d) Sitios Históricos.
e) Zonas Arqueológicas.
f) Lugares de Interés Etnológico.
g) Lugares de Interés Industrial.
h) Zonas Patrimoniales.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE