Los establecimientos públicos cuyas actividades se adapten a la tipología de las actividades encuadrables como salas socioculturales y salas de artes escénicas en la presente ley y su catálogo anexo, dispondrán de un período temporal de tres años para solicitar la adecuación de su actual título habilitante para el desarrollo de su actividad a esta nueva denominación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).