Los Ayuntamientos con Policía local a la entrada en vigor de la presente Ley pueden convocar en el plazo de un año, por una sola vez, un concurso-oposición restringido para el acceso a las plazas de Policía local del personal de la Corporación que durante más de tres años haya sido contratado para realizar tareas de vigilancia, que esté prestando servicios al hacerse la convocatoria y que le falten más de diez años para la jubilación forzosa.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).