El traslado y la modificación sustancial de una actividad sometida a comunicación ambiental autonómica estará igualmente sometido a dicha comunicación, salvo que uno u otra implique un cambio en el régimen de intervención administrativa ambiental aplicable a la actividad, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la presente ley para dicho régimen.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.