Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en relación con el artículo 148.1.2.ª de la Constitución, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de desarrollo legislativo y ejecución relativo a la creación de organizaciones de ámbito inferior y superior a los municipios.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.