Artículo 6. Régimen administrativo de la actividad comercial.
Redacción vigente desde el 22/05/2010
El ejercicio de la actividad comercial en Castilla-La Mancha se desarrollará de acuerdo con los principios de libertad de empresa, libre competencia, libertad de establecimiento y libre circulación de bienes y servicios, en el marco de una economía de mercado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 38 y 139.2 de la Constitución, la legislación de aplicación general del Estado y la legislación autonómica sobre la materia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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