Disposición final sexta. Modificación de normas reglamentarias.
Redacción vigente desde el 02/07/2021
Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en la presente Ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE