Artículo 146. Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas.
Redacción vigente desde el 28/02/2023
1. Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio riojano y español, la consejería competente en materia de medioambiente, con la colaboración de otras consejerías y Administraciones implicadas, elaborará, en los términos indicados en el artículo 15 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, una Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas de La Rioja.
2. La Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas de La Rioja podrá formar parte de la Estrategia de Patrimonio Natural y Biodiversidad de La Rioja como sección de esta.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.