Es objeto de la presente ley:
a) Garantizar a todas las personas menores que residan o se encuentren en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco el ejercicio efectivo de los derechos y libertades que les reconoce el ordenamiento jurídico.
b) Determinar las acciones que, desde un deber de corresponsabilidad, deben desarrollar los poderes públicos vascos en los diferentes ámbitos sectoriales de la acción pública con el fin de alcanzar el objetivo establecido en el apartado precedente.
c) Definir los principios de actuación y establecer el marco competencial correspondiente al conjunto de las actuaciones de promoción, prevención, atención y protección, así como las estructuras de coordinación, colaboración y participación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE