Artículo 102. Presentación de la declaración responsable de los efectos ambientales.
Redacción vigente desde el 20/06/2026
La declaración responsable de los efectos ambientales se presentará una vez efectuadas las actuaciones necesarias para el inicio de la actividad y con carácter previo al mismo. Deberá tener, al menos, el siguiente contenido:
a) Identificación de la persona titular o promotora de la actividad a desarrollar.
b) Identificación del emplazamiento en el que se pretenda llevar a cabo la actividad.
c) Fecha a partir de la cual se pretende iniciar el ejercicio de la actividad.
d) Manifestación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo anterior y de estar en posesión de la documentación que así lo acredita.
e) Manifestación de que la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo anterior se pondrá a disposición del ayuntamiento cuando le sea requerida.
f) Compromiso de mantener el cumplimiento de los requisitos legales durante todo el periodo en el que se vaya a ejercer la actividad.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).