Los entes locales se rigen por la legislación estatal básica, por esta ley, por los reglamentos autonómicos sobre régimen local y por las otras disposiciones autonómicas conexas o complementarias, así como por los reglamentos y las ordenanzas propios de cada uno. El orden de prelación de estas normas es el derivado del sistema de distribución competencial establecido por la Constitución Española y por el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.