En el contenido económico de los conciertos entre la administración educativa y las entidades privadas debe valorarse la aceptación de lo establecido en el artículo 121.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.