El Consejo Escolar Municipal de Barcelona está presidido por el Alcalde o Alcaldesa de la ciudad y, en lo que se refiere al funcionamiento y competencias, se rige por lo que el ordenamiento aplicable establece en relación con los consejos escolares territoriales. Con la misma finalidad, el régimen de los consejos escolares de distrito es el que el citado ordenamiento establece para los consejos escolares municipales.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.