1. El objeto principal de la protección civil municipal es garantizar la protección física de las personas y bienes en situación de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria en que la seguridad y la vida de las personas puedan peligrar o sucumbir masivamente.
2. El objeto complementario de la protección civil municipal es minimizar los efectos derivados de los riesgos naturales, antrópicos y tecnológicos que puedan afectar al conjunto de la población, los servicios básicos y el funcionamiento normal de la ciudad y su entorno metropolitano.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.