1. Los vecinos de Barcelona tienen derecho a ser protegidos por el Ayuntamiento ante las compañías públicas y privadas prestadoras de servicios públicos.
2. Con esta finalidad, y sin perjuicio de otras actuaciones, los ciudadanos pueden hacer uso del procedimiento arbitral municipal regulado en el artículo 141.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.