Con carácter general, las instalaciones de las compañías de servicios públicos son subterráneas en todo el término municipal y transcurren por el lugar establecido por el Plan u otras disposiciones urbanísticas o municipales. Sólo pueden transcurrir en superficie previa autorización expresa del Ayuntamiento.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.