Por acuerdo del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona puede crearse un órgano especializado y funcionalmente independiente con competencias para resolver los recursos especiales en materia de contratación que se interpongan contra los actos que puedan ser objeto de recurso dictados por el Ayuntamiento y por el resto de poderes adjudicadores de su sector público en los términos que establece el artículo 46.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.