1. Las infracciones tipificadas en esta ley prescribirán:
a) Las leves, al año.
b) Las graves, a los tres años.
c) Las muy graves, a los cinco años.
2. Las sanciones impuestas por infracciones tipificadas en esta ley prescribirán:
a) Las leves, al año.
b) Las graves, a los tres años.
c) Las muy graves, a los cinco años.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.