Artículo 20. De la información sobre los horarios comerciales.
Redacción vigente desde el 22/09/2005
Los titulares de establecimientos comerciales sometidos a la presente Ley, estarán obligados a exponer en sus escaparates o en cualquier otro lugar de su establecimiento legible desde el exterior el horario de apertura y cierre que tengan establecido.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE