Las ventas en pública subasta, que se realicen en el ámbito de la Comunitat Valenciana, deberán cumplir, además de las disposiciones de la presente Ley, con lo previsto en los artículos 56 y siguientes de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y demás normativa aplicable.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.