Las Oficinas Municipales de Información de Consumo podrán configurarse también como recurso de atención básica interdisciplinar en políticas concurrentes en materia de consumo tales como, entre otras, la intermediación hipotecaria, la vulnerabilidad energética o la atención al ciudadano. Al respecto, las actuaciones a desarrollar deberán estar sujetas a los oportunos principios de coordinación y cooperación con las administraciones concurrentes.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).