Artículo 155. Responsabilidad por infracciones cometidas en la prestación de servicios.
Redacción vigente desde el 01/05/2019
En las infracciones cometidas en la prestación de servicios, la empresa o razón social obligada a prestarlos, legalmente o por medio de un contrato con la persona consumidora, será considerada responsable.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).