Artículo 30. Información y marcado de precios en los establecimientos.
Redacción vigente desde el 01/05/2019
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas que reglamentariamente se desarrollen, en materia de información y marcado de precios en los establecimientos comerciales. Todos los precios que marquen serán los correspondientes con impuestos incluidos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).