Artículo 70. Requisitos sobre precios y condiciones de pago en los establecimientos.
Redacción vigente desde el 01/05/2019
En materia de precios y servicios de pago se aplicará la normativa sectorial vigente con las siguientes especificaciones:
1. En los establecimientos debe informarse del precio completo, con tributos incluidos, de los bienes o servicios ofrecidos a las personas consumidoras. Esta información debe ser visible, accesible y comprensible, de modo que no induzca a error o engaño.
2. En las invitaciones a comprar, el precio debe ser completo y debe incluir los gastos y tributos.
3. Si se aceptan tarjetas u otros medios de pago de modo habitual, no puede limitarse su uso en determinados períodos o condiciones, siempre y cuando se cumplan los requisitos normales para estos medios de pago.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).