Con el objeto de contribuir a dinamizar la economía circular andaluza, a efectos de lo previsto en el artículo 3.2.b del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para las actividades de valorización descritas en el artículo siguiente, se establecen los siguientes umbrales: contribuir a la creación de un mínimo de veinticinco puestos de trabajo directo equivalentes a tiempo completo y de cómputo anual durante la fase de explotación, así como ofrecer una inversión privada, excluidas las aportaciones o ayudas públicas, de, al menos, diez millones de euros.
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