Disposición transitoria segunda. Adaptación de ordenanzas locales.
Redacción vigente desde el 01/05/2023
Las entidades locales y autónomas, en el plazo de dos años, deberán adaptar las ordenanzas locales a lo previsto en esta Ley respecto a la recogida y gestión de residuos de competencia municipal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.