Artículo 10. Contenido de la licencia de funcionamiento.
Redacción vigente desde el 18/02/2001
La resolución de concesión de licencia deberá identificar con suficiente precisión al titular de la misma, incluyendo su nombre o razón social, documento nacional de identidad o código de identificación fiscal y domicilio, denominación, situación y aforo del establecimiento o instalaciones, clase de actividad según catálogo y, en su caso, las medidas o condiciones especiales que se consideren necesarias, al margen de las generales que implique la licencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE