1. El Instituto Aragonés de la Mujer, directamente o en colaboración con otras Administraciones Públicas y, en su caso, entidades privadas, podrá facilitar a las mujeres que se encuentren en una situación de alto riesgo un dispositivo de alarma, consistente en una unidad de teleasistencia en el domicilio y fuera de él, a través de un aparato que pueda activar la víctima en una situación de emergencia y que estará conectado con una central receptora con el fin de reforzar la seguridad y la confianza de la mujer, otorgándole una mayor protección.
2. La idoneidad del recurso se valorará por un equipo formado por las personas técnicas responsables del programa que tengan conocimiento del caso.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).