Oído el interesado, o transcurrido el plazo sin ninguna alegación, el expediente convenientemente foliado y numerado se remitirá al órgano que haya acordado el inicio del procedimiento.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.