Una vez recibido el expediente, el órgano que acordó su iniciación procederá, con el examen previo de las actuaciones y, si procede, con la práctica de las diligencias complementarias que considere oportunas, a dictar la resolución motivada que corresponda.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.