Disposición final segunda. Regulación del Comité Consultivo contra la discriminación por identidad o expresión de género.
Redacción vigente desde el 08/05/2018
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de Aragón aprobará el reglamento que desarrolle la composición y funcionamiento del Comité Consultivo contra la discriminación por identidad o expresión de género.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).